La pregunta que me hicieron en mi último podcast es algo que desde lo legal se responde se una sola manera. La pregunta puntual fue la siguiente:

¿Y qué ocurre en el caso de un residente de Argentina que quiere aplicar a una empresa en el exterior que paga por Payoneer? Gracias.

Legalmente, todo dólar ganado por prestación de servicio requiere que en los cinco días de haberlas recibido, se liquiden en el mercado cambiario, es decir, al cambio oficial. Sin embargo, hay un régimen que permite recibir hasta $12.000 dólares anuales en cuenta argentina, para determinados tipos de servicios.

Prestar servicios en el exterior y cobrar en crypto es algo que no está avalado por nuestro sistema impoisito, pudiendo incluso ser considerado evasión.

Está en proyecto el llamado “monotributo tech”, que permitiría recibir hasta 30.000 dólares anuales. Ahora es meramente un proyecto, pero sería muy positivo para el país: evitan que los dólares se vayan a cuevas financieras, e ingresarían al sistema económico argentino. Ojalá así sea.

Cualquier otra forma de cobrar, si bien hay vacíos legales o directamente no lo son, exceden a lo que podemos decir desde acá sobre el tema. Conviene siempre asesorarse con un contador especialista en estos casos.

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Martín Longo

Director de Ánimadata y Business Intelligence Engineer. Quemadísimo, escribo acá mis opiniones.